EXPORTACIÓN


Posible Cartera de Clientes
Dentro del mercado europeo, el yacón supone un producto novedoso por lo que la población europea siente curiosidad de dicho alimento, por tanto se espera que se genere bastante aceptación en el mercado Europeo, principalmente en España y el Reino Unido.
Es por esto, que la empresa busca, con la comercialización de un producto atractivo, sabroso y práctico, satisfacer la demanda de este alimento en el mercado Europeo en países como España, Irlanda, Reino Unido, Italia, etc., teniendo como ventaja que nuestro producto resulta atrayente ya que es de fácil consumo, debido a su carácter de golosina, que contiene importantes beneficios nutricionales.

Requisitos y tipos de certificaciones para la exportación de su producto a España
 
 
Para poder exportar un producto alimenticio a un mercado europeo, como España, es indispensable identificar la clasificación arancelaria dentro de la que se ubica y realizar una correcta clasificación del producto, porque de esta manera se determinan los cargos arancelarios correspondientes.

El exportador (DELICHIPS) deberá contar con una serie de certificaciones requeridas por la Unión Europea para el ingreso de productos. Dichos certificados son: Certificado de Libre Venta y Consumo, Licencia Sanitaria, Registro Sanitario, Declaración de Exportación y Declaración de ingreso de divisas, entre otras. Además, deben cumplirse los requisitos legales y no legales, algunos pueden ser establecidos por el comprador como certificados de calidad. Así, es indispensable contar con ciertos documentos como una factura comercial, documentos de transporte, lista de carga, declaración del valor en aduana, seguro de transporte y documento único administrativo (DUA). Además, es obligatorio el cumplimiento del “Control Sanitario de los productos alimenticios de origen no animal” y “Normas de etiquetado para productos alimenticios” para poder ingresar a la Unión Europea.

De este modo, se deben cumplir las normas indicadas en la siguiente lista:


·          Ley general de alimentos: Establece los principios y requisitos generales de la legislación alimentaria. Reglamento (CE) No.178/2002.


·          Normas generales para el etiquetado de Productos Alimenticios: Normativa relacionada a las condiciones de empaque y sus derivados (tipo de tratamiento, certificación, entre otros). Directiva 2000/13.


·          Control Fitosanitario y de Seguridad: Establece las normas para el control fitosanitario de los alimentos que ingresan a la EU. Directiva 2000/29/EC.


·          Los productos orgánicos deberán de cumplir con los requisitos establecidos en la normativa: (ECC) No 2092/91 (OJ L-198 22/07/1991).


·          Normativa para las importaciones de productos orgánicos desde terceros países, (EC) 1235/2008.


·          Condiciones microbiológicas en alimentos: Regulación EC No. 2073/2005


·          Reglamento (CEE) No. 315/93 y Reglamento (CE) 1881/2006: sobre el contenido máximo de contaminantes en los productos alimenticios.


·          Normativa para empaques y residuos de empaques, Directiva 94/62/EC.


·          Directiva 89/107/EEC: Definiciones, procedimientos y criterios de autorización de aditivos alimenticios.

   En cuanto a los Requerimientos de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios comercializados en la UE están plasmadas en la Directiva 2000/13/CE. Esta Directiva se aplica a los productos alimenticios envasados que serán entregados sin ninguna transformación posterior. La finalidad del etiquetado, la presentación y la publicidad de los productos alimenticios es que no induzcan a error al consumidor respecto de las características o los efectos del alimento, de manera que las etiquetas deben ser lo más detallas posibles. Además, es necesario determinar el precio de los productos que se van a exportar, teniendo en cuenta que hay una notable diferencia entre los productos elaborados de manera artesanal e industrial. Normalmente, los productos comercializados y exportados son de marcas reconocidas a nivel mundial con una fabricación masiva.

   En el caso del producto que se quiere exportar se debe tener en cuenta que tipo de alimento es, cuáles son sus ingredientes, si son buenos para la salud, si están destinadas a cierto público, entre otros.  Por ello, se debe contar con una lista de los productos que se van a exportar e incluir el monto con el que se van a vender.

Es necesario que se detalle el producto que se va a vender para cumplir con los requerimientos determinados por la Unión Europea. En cuando al etiquetado nutricional existe la Directiva 90/496/CEE del Consejo, relativa al etiquetado de propiedades nutritivas de los productos alimenticios. Dicha Directiva se refiere al etiquetado sobre las propiedades nutritivas de los productos alimenticios destinados al consumidor final. El etiquetado sobre propiedades nutritivas es facultativo, pero será obligatorio cuando en la etiqueta, en una presentación o en la publicidad figure una declaración sobre propiedades nutritivas. Sólo se autorizarán las declaraciones de propiedades nutritivas que se refieran al valor energético y a los nutrientes (proteínas, glúcidos, lípidos, fibras dietéticas, sodio, vitaminas y minerales), así como las sustancias que pertenezcan a una de las categorías de dichos ingredientes. Adicionalmente, como requisitos no legales o mandatorios están los certificados de calidad y seguridad, tales como: GlobalGap, HACCP, EurepGAP.